Igual que el pasado 1 de junio cambió el sistema de peajes del sistema eléctrico que nos revolucionó a la vez los periodos y tramos horarios de la luz, justo hoy entra en vigor la nueva Circular 6/2020, de 22 de julio, de la CNMC que regula los nuevos peajes de acceso del gas natural.
El motivo principal es hacer un reparto más equitativo entre todas las empresas que hacen que llegue el gas natural a tu negocio o vivienda, de las partes que nos cobran a los clientes en la factura de gas correspondientes a regasificación, almacenamiento, distribución y transporte del gas natural.
En resumidas cuentas, esta circular aplica una nueva metodología para calcular los precios de los peajes, en la que incluye para esto un nuevo concepto en la factura de gas: los cargos del sistema.
¿Por qué? Porque pertenecemos a la CE
Por un lado, no se trata más que de adaptanos a las normas comunes para el mercado interior de la electricidad y gas natural de la Comunidad Europea de la que formamos parte. Se trata de las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo.
Todo mal
Y por el otro lado… calma, que nadie ha dicho que esto fuera a ser perjudicial para las sumas de nuestra factura de gas.
Desde Energetica.vip estamos atentos a las transformaciones de las facturas de nuestros clientes en distintas comercializadoras, para ver como se comporta la factura, pero la CNMC ya nos adelanta que según sus simulaciones, el cliente final va a obtener un 25% de ahorro en los costes regulados de la factura de gas. Ojo, no de toda la factura, pero sí de los costes regulados relativos a peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y otros costes de regasificación.
Nueva clasificación de grupos tarifarios
En primer lugar, incidir en que existe el concepto año gasista. Esto es fundamental para saber cómo se clasifican los puntos de suministro de gas natural: según el consumo registrado en el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de septiembre del año siguiente (antes se contabilizaba por años naturales).
De manera temporal y sólo por este año, el periodo del año gasista va a ser del 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.
A partir de aquí, los clientes se van a clasificar según el consumo en estos años gasistas o según consumo estimado en puntos nuevos.
| ANTIGUOS PEAJES | NUEVOS PEAJES |
| GRUPO 2 | GRUPO 3 | PEAJES | CONSUMO (kWh)/año |
|---|---|---|---|
| 2.1 | 3.1 | RL.1 | Inferior a 5.000 |
| 2.1 | 3.2 | RL.2 | [5.000 – 15.000] |
| 2.1 | 3.2 | RL.3 | [15.000 – 50.000] |
| 2.1 | 3.3 y 3.4 | RL.4 | [50.000 – 300.000] |
| 2.2 | 3.4 | RL.5 | [300.000 – 1.500.000] |
| 2.2 | 3.4 | RL.6 | [1.500.000 – 5.000.000] |
| 2.3 | 3.4 y 3.5 | RL.7 | [5.000.000 – 15.000.000] |
Y ojo, porque hay sanciones para según qué tipos de cliente en los que el exceso de consumo de gas según la tarifa contratada y conlleva sanciones de hasta el triple de su precio. Así que mucho ojo con esto, debemos preocuparnos por estar en el escalón adecuado de la clasificación.
Tendencia en el mercado del gas natural
Por último, una cosa es cierta a tener en cuenta cuando nos encontramos en la tesitura de instalar nuevas máquinas que tienen el gas natural como fuente de energía: la CE quiere dejar de emitir CO2 a toda costa para cumplir con el protocolo de Kyoto, lo que va a hacer que, aparte de la posible escasez coyuntural de gas que tenemos para este invierno en Europa (somos dependientes de Rusia, Marruecos Argelia y Sudamérica grosso modo en este sentido), comprar gas sea más caro, más si no estás asesorado, tanto por el precio del gas como de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

No dudes en consultarnos antes de tomar decisiones de este tipo: hay demasiados factores a tener en cuenta.
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